Presupuesto Participativo

Art. 61 de la CRE en sus numerales 2 y 5 garantiza los derechos de participación de las personas en los asuntos de interés público y fiscalización de los actos del poder público.
Art. 18 de la CRE establece el derecho de forma individual o colectivo a: “Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
“1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior.
2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información, excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.”

Fase 1

Descripción Opciones
Estimación provisional de ingresos.
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Cálculo definitivo de ingresos y límites de gastos.
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Participación Ciudadana en Priorización del Gasto.
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Sistematización.
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Preparación de Anteproyecto del Presupuesto.
Participación Ciudadana en la aprobación Anteproyecto del Presupuesto.
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Presentación del Anteproyecto al Legislativo.
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Análisis de Informe de Comisión de Presupuesto.
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Aprobación.
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Fase 2